Para presentar una solicitud de nacionalidad española basada en un ascendiente español, es indispensable contar con el certificado literal de nacimiento del ascendiente español que otorga el derecho.
Españoles nacidos en España
Antes de 1871 no existían los Registros Civiles en España, solo iglesias que registraban las partidas de bautismo.
Si el ascendiente español que otorga el derecho nació en España antes de 1871, es necesario contactar con la la Diócesis u Obispado que tenga los archivos eclesiásticos correspondientes al lugar de nacimiento para obtener una copia de su partida de bautismo.
Si el ascendiente español que otorga el derecho nació en España después de 1871, es necesario contactar con el Registro Civil o Juzgado de Paz correspondiente al lugar de nacimiento para obtener una copia de su certificado literal de nacimiento.
Los datos de contacto de los Registros Civiles (existen en ciudades grandes de España) pueden buscarse en la web del Ministerio de Justicia.
Los datos de contacto de los Juzgados de Paz (existen en pueblos y ciudades pequeñas de España) pueden buscarse en las webs de las distintas Comunidades Autónomas:
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Baleares
- Canarias
- Castilla y León
- Castilla La Mancha
- Cantabria
- Cataluña
- Comunidad Valenciana
- Extremadura
- Galicia
- La Rioja
- Madrid
- Murcia
- Navarra
- País Vasco
También se puede utilizar la web del Ministerio de Justicia para la solicitud de certificados de nacimiento de españoles nacidos en España.
Importante: muchos emigrantes, cuando llegaban a sus nuevos países de asentamiento decían que eran de su provincia de origen en España, la cual muchas veces tiene una ciudad homónima. Pero eso no significa que necesariamente hayan nacido en esa ciudad y estén registrados en el Registro Civil de esa ciudad. Si nacieron en un pueblo de la provincia entonces están registrados en el Registro Civil o Juzgado de Paz correspondiente a ese pueblo en específico y es ahí donde deben contactar para obtener copia de su certificado literal de nacimiento.
Tip: si no conocen el lugar exacto de nacimiento, pueden intentar conseguirlo en otros documentos relativos a la persona como los certificados de matrimonio, certificados de naturalización, certificados de nacimiento de los hijos, certificados de defunción, documentación de emigración o inmigración, etc. También pueden intentar conseguir primero la partida de bautismo, aunque hayan nacido luego de 1871.
Españoles nacidos en el extranjero
Los españoles nacidos en el extranjero tienen su nacimiento inscrito en el Consulado español correspondiente a la demarcación de su nacimiento y adicionalmente también en el Registro Civil Central ubicado en Madrid.
Para obtener copia de sus certificaciones literales de nacimiento registradas en el Consuladose puede contactar directamente con la sección del Registro Civil consular. Cada Consulado tiene un proceso específico para la solicitud de estos certificados (en algunos se solicita por correo en electrónico, en otros es necesario hacerlo presencialmente con cita previa, etc).
Para obtener copia de sus certificaciones literales de nacimiento registradas en el Registro Civil Central se puede utilizar la web del Ministerio de Justicia.
Importante: en el tercer paso de la solicitud seleccionar como Tipo de Certificado “Certificado Literal de Nacimiento”. En el cuarto paso seleccionar una de dos opciones:
- (Opción 1) España / Madrid / Registro Civil Central.
- (Opción 2) País de nacimiento y Registro Civil Consular correspondiente a la demarcación del lugar de nacimiento.
Tip: el tomo y folio se pueden ver en cualquier copia del certificado literal de nacimiento al que tengan acceso (bien sea en el sello o en la parte de arriba). En caso de no conocer el tomo o folio de la inscripción por no tener acceso a copia de ella, pueden rellenar el campo con “000”.